El decreto expedido el día 15 de abril de 2020 junto con otros tantos por parte de la Presidencia de la República, a grosso modo hace las siguientes modificaciones al régimen concursal Colombiano así:
Habrá mas flexibilidad para la admisión de nuevas empresas (sociedades y personas naturales comerciantes). Se le quitaron las atribuciones de auditoría de toda la información contable y financiera al Juez del Concurso para facilitar los requisitos de admisión, sin perjuicio de requerir la información mínima y